Abogados Especializados en Accidentes: Reclamación de Indemnizaciones
Si ha sufrido un accidente de tráfico , un accidente laboral o cualquier otro tipo de incidente que te haya causado daños, en nuestro despacho somos expertos en reclamación de indemnizaciones por accidentes . Te ayudamos a obtener la compensación que te corresponde por los daños físicos , morales y materiales que hayas sufrido.
Nuestros abogados especializados en accidentes de tráfico y accidentes laborales se encargarán de gestionar todos los aspectos legales, desde la negociación con las compañías aseguradoras hasta la representación en los tribunales si es necesario. Nuestro objetivo es maximizar la indemnización que recibas de forma rápida y efectiva.
Contamos con abogados especialistas en negligencias médicas, llevamos a cabo las reclamaciones de las indemnizaciones por daño corporal y daño moral ante las intervenciones de profesionales de la salud que no se ajustan a la lex artis.
Grandes lesionados
Llevamos reclamaciones de grandes lesionados: lesiones medulares, traumatismos craneoencefálicos, amputaciones y otras secuelas graves que cambian la vida de la víctima y de su familia. En estos casos la valoración del daño es decisiva. El baremo de tráfico prevé partidas específicas para el lucro cesante, la pérdida de calidad de vida, la ayuda de tercera persona, la adaptación de la vivienda y del vehículo o las prótesis, y cada una exige informes periciales sólidos. Trabajamos con peritos médicos para cuantificar todas las partidas y que ninguna quede fuera.
Negligencias médicas
Reclamamos los daños causados por errores de diagnóstico, intervenciones quirúrgicas o tratamientos que no se ajustan a la lex artis. Si ocurrió en la sanidad privada, reclamamos al profesional, al centro y a su aseguradora. Si ocurrió en la sanidad pública, mediante la reclamación de responsabilidad patrimonial y, si es necesario, el recurso contencioso-administrativo.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar una indemnización por accidente de tráfico?
Un año, que se cuenta desde el alta médica definitiva o la estabilización de las lesiones (art. 1968 del Código Civil y art. 7 de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor).
¿Tengo que reclamar a la aseguradora antes de ir a juicio?
Sí. La reclamación previa a la aseguradora es obligatoria. Esta tiene tres meses para presentar una oferta o una respuesta motivadas (art. 7 de la misma ley).
¿Cómo se calcula la indemnización?
Con el baremo de tráfico (Ley 35/2015), que valora los días de curación, las secuelas y los perjuicios económicos, y cuyas cuantías se actualizan cada año.
¿Quién paga a mi abogado?
Muchas pólizas incluyen defensa jurídica, y usted tiene derecho a elegir libremente a su abogado (art. 76 d de la Ley de Contrato de Seguro). En ese caso, el seguro asume sus honorarios hasta el límite de la póliza.
